Consejero de Seguridad ADR para empresas que reciben mercancías peligrosas
Si tu empresa recibe gasóleo, productos químicos, gases o cualquier mercancía peligrosa en sus instalaciones, la normativa te obliga a designar un Consejero de Seguridad ADR. Y es probable que no lo sepas.
¿Tu empresa necesita Consejero de Seguridad ADR?
Estos son los sectores donde es más frecuente que la obligación pase desapercibida:
Explotaciones agrarias
Si tu explotación tiene un depósito de gasóleo B o C y te descargan una cantidad superior a 1.000 litros, tu empresa adquiere la condición de «descargador» de mercancías peligrosas. Esto incluye fincas agrícolas, ganaderías y explotaciones forestales que reciben gasóleo para maquinaria, tractores o calefacción de naves.
Bodegas y sector vinícola
Las bodegas reciben habitualmente sosa cáustica para la limpieza, ácido nítrico para eliminación de incrustaciones o pasivado, ácido fosfórico como desincrustante, gasóleo para maquinaria, generadores o calderas industriales, o hipoclorito sódico para desinfección general. Estos productos son mercancías peligrosas clasificadas en el ADR.
Almazaras y sector oleícola
Las almazaras utilizan hexano (disolvente inflamable de clase 3 ADR) en la extracción de aceite de orujo, sosa cáustica para limpieza, gasóleo para calderas y maquinaria, y en ocasiones ácidos para tratamiento de aguas. Todo ello son mercancías peligrosas.
Cooperativas agrícolas
Las cooperativas suelen operar como centros de distribución de fertilizantes (algunos clasificados como materias comburentes o peligrosas para el medio ambiente), fitosanitarios, gasóleo agrícola y otros productos que convierten sus instalaciones en puntos de descarga de mercancías peligrosas.
Estaciones de servicio
Toda estación de servicio recibe carburantes (gasóleo, gasolina, GLP) mediante descarga de cisternas. Son descargadores de mercancías peligrosas por definición y necesitan Consejero de Seguridad ADR obligatoriamente.
Industria y talleres
Cualquier empresa industrial que reciba hidrocarburos, disolventes, ácidos, bases, gases industriales (oxígeno, acetileno, propano) u otros productos peligrosos para su proceso productivo o mantenimiento de maquinaria es descargador a efectos del ADR.
Cómo funciona nuestro servicio para descargadores
Sabemos que para muchos descargadores esta obligación es nueva y puede generar incertidumbre. Por eso hemos diseñado un servicio sencillo y sin complicaciones:
Consulta inicial gratuita
Te confirmamos si tu empresa está obligada a tener Consejero de Seguridad. Analizamos tu actividad, los productos que recibes, las cantidades y las posibles exenciones aplicables. Sin coste ni compromiso.
Visita a tus instalaciones
Evaluamos in situ tus depósitos, zonas de descarga, señalización, equipos de protección y procedimientos. Identificamos los aspectos a mejorar y te proporcionamos un plan de acción claro.
Alta y documentación
Nos designamos como tu Consejero de Seguridad y preparamos toda la documentación necesaria: protocolos de descarga, instrucciones de seguridad, fichas de los productos que recibes.
Informe anual y seguimiento
Cada año elaboramos y presentamos tu informe anual ante el MITMA y realizamos una visita de seguimiento para verificar que todo sigue en orden.
Por qué la mayoría de descargadores desconocen esta obligación
Cuando se habla de mercancías peligrosas, la atención suele centrarse en el transporte: los camiones, las cisternas, los conductores con carnet ADR. Pero la normativa es clara: el descargador tiene sus obligaciones propias, independientemente de las del transportista.
El problema es que muchas empresas no se identifican como «descargadores de mercancías peligrosas». Un agricultor que recibe gasóleo para sus tractores piensa que simplemente «le traen el gasoil». Una bodega que recibe sulfuroso lo ve como un insumo más de su proceso. Pero a efectos legales, ambos son descargadores y están sujetos al RD 97/2014.
Esta situación genera un riesgo real:
4.001 €
Sanción por no tener Consejero de Seguridad designado.
801 €
Por no realizar las comprobaciones obligatorias en la descarga.
Responsabilidad civil
En caso de vertido o accidente durante la descarga en tus instalaciones.
Guía gratuita: ¿Tu empresa agrícola o agroalimentaria necesita Consejero de Seguridad ADR?
Checklist en 7 puntos para saber en 5 minutos si estás obligado. Incluye las exenciones aplicables y ejemplos reales del sector.
- Criterios de obligación para explotaciones agrarias
- Exenciones por cantidad y uso del gasóleo
- Casos reales: bodegas, almazaras, cooperativas
- Cuadro resumen de sanciones
Descarga directa, sin registro.
Preguntas frecuentes de descargadores
Sí. Si recibes gasóleo (UN 1202, clase 3 ADR) en cantidades superiores a 1.000 litros y su destino no es exclusivamente calefacción o cocina, estás obligado a designar un Consejero de Seguridad ADR.
Sí. El ADR define al descargador como la empresa que recibe la mercancía peligrosa, independientemente de quién ejecute físicamente la operación de descarga. Tú eres el receptor y, por tanto, el descargador a efectos legales.
Depende de los productos que recibas y las cantidades. Si recibes anhídrido sulfuroso, gases para inertizado, gasóleo para maquinaria o cualquier otro producto clasificado como mercancía peligrosa en cantidades que superen los umbrales de exención, sí te aplica. Consúltanos tu caso concreto sin compromiso.
La obligación existe desde la entrada en vigor del RD 97/2014 (y antes, con el RD 1566/1999). Si no has tenido Consejero, has estado en situación de incumplimiento. Lo recomendable es regularizar la situación lo antes posible para evitar sanciones en futuras inspecciones. Al designarnos como tu Consejero, te ponemos al día rápidamente.
El coste del servicio para descargadores suele ser inferior al de transportistas, ya que las operaciones son generalmente más sencillas. En cualquier caso, el coste es muy inferior a la sanción mínima de 4.001 € por no tener Consejero. Contacta con nosotros para una valoración personalizada.