Consejero de Seguridad ADR para empresas de transporte de mercancías peligrosas
Si tu empresa transporta mercancías peligrosas por carretera, la ley te obliga a designar un Consejero de Seguridad. En SEGUTRANS llevamos más de 25 años ejerciendo esta función para transportistas de toda Castilla-La Mancha.
¿Qué empresas de transporte necesitan Consejero de Seguridad?
Según el Real Decreto 97/2014, toda empresa cuya actividad comprenda el transporte de mercancías peligrosas por carretera, o las operaciones de expedición, embalaje, carga, llenado o descarga relacionadas con dicho transporte, debe designar al menos un Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas.
Esto incluye a empresas que transportan:
Cisternas
Gasóleo, gasolina, queroseno, gases licuados del petróleo (GLP), productos químicos líquidos a granel, ácidos, bases, disolventes.
Bultos y paquetería
Bidones, GRG/IBC, cajas con productos peligrosos, aerosoles, baterías de litio, pinturas, adhesivos, fitosanitarios.
Graneles sólidos
Fertilizantes amónicos, peróxidos, residuos peligrosos sólidos, sustancias comburentes.
Gases
Botellas y botellones de oxígeno, acetileno, nitrógeno, argón, CO₂, propano, butano y mezclas industriales.
Qué hacemos como tu Consejero de Seguridad ADR
Actuamos como Consejero de Seguridad externo de tu empresa, asumiendo todas las funciones que la normativa exige a esta figura:
Visita inicial de evaluación
Inspección completa de tus instalaciones, vehículos, procedimientos de carga y documentación. Identificamos incumplimientos y proponemos medidas correctoras antes de cualquier inspección.
Visitas anuales de seguimiento
Verificación periódica del cumplimiento normativo conforme al RD 97/2014. Revisamos vehículos, equipamiento ADR, documentación de conductores y procedimientos operativos.
Informe anual al Ministerio de Transportes
Elaboración y presentación telemática del informe anual obligatorio en la sede electrónica del MITMA. El plazo de presentación es del 1 de enero al 31 de marzo de cada año, correspondiente a la actividad del ejercicio anterior.
Documentación ADR completa
Preparación y actualización de toda la documentación exigida: instrucciones escritas según ADR 5.4.3, cartas de porte, fichas de seguridad, certificados de arrumazón, listas de comprobación, protocolos de actuación en emergencia.
Investigación de accidentes e incidentes
En caso de accidente o incidente con mercancías peligrosas, elaboramos el informe preceptivo para la Administración y proponemos medidas para evitar su repetición.
Asesoramiento continuo y emergencias
Consultoría permanente sobre dudas operativas, cambios normativos (el ADR se actualiza cada dos años), nuevas mercancías, exenciones aplicables y cualquier cuestión relacionada con el transporte de mercancías peligrosas.
Defensa ante expedientes sancionadores
Si tu empresa recibe un acta de inspección o un expediente sancionador, preparamos las alegaciones técnicas y te acompañamos en todo el procedimiento administrativo.
Riesgos de no tener Consejero de Seguridad ADR
El régimen sancionador del transporte terrestre establece multas específicas por incumplimientos ADR. Estas son las más relevantes para transportistas:
4.001 €
Sanción por no disponer de Consejero de Seguridad cuando es obligatorio (infracción muy grave).
801 €
Incumplimiento de las comprobaciones obligatorias antes, durante o después de la carga/descarga (infracción grave).
801 €
No remitir a las autoridades competentes el informe anual del Consejero de Seguridad.
Hasta 60.000 €
Infracciones muy graves en materia de seguridad del transporte de mercancías peligrosas, según la Ley 16/1987.
Preguntas frecuentes de transportistas
Sí, siempre que obtengas el certificado oficial mediante examen ante la autoridad competente de tu comunidad autónoma (en Castilla-La Mancha, convocatoria anual en Toledo). Sin embargo, la mayoría de empresas optan por un Consejero externo porque el examen es complejo, requiere renovación cada 5 años y exige dedicación continua para mantenerse al día con los cambios normativos.
El informe anual debe presentarse telemáticamente en la sede electrónica del MITMA entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año, reflejando la actividad del ejercicio anterior. Como tu Consejero de Seguridad, nos encargamos de toda la elaboración y presentación.
Existen exenciones parciales en el ADR para cantidades limitadas y cantidades exceptuadas (ADR 1.1.3.6). Sin embargo, la exención de Consejero de Seguridad tiene sus propios criterios. Te asesoramos gratuitamente sobre si tu caso concreto está exento o no.
El coste depende del volumen de operaciones, tipos de mercancías, número de vehículos y centros de trabajo. Contacta con nosotros para una valoración personalizada sin compromiso. En general, el coste del servicio es significativamente inferior al riesgo de sanciones.
Nuestra operativa principal cubre las cinco provincias de Castilla-La Mancha (Ciudad Real, Toledo, Albacete, Cuenca y Guadalajara). Para empresas fuera de esta zona, consúltanos disponibilidad.